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         23/10/02
         Una juez de Bilbao concede el
        tercer grado a un etarra condenado a tres siglos de cárcel 
        Félix Ramón Gil Ostoaga es un etarra
        condenado a tres siglos de cárcel por dos asesinatos consumados y
        cuatro frustrados. Ruth Alonso, juez de Vigilancia Penitenciaria de
        Bilbao, ha decidido concederle el tercer grado pese a informes
        contrarios porque el etarra se quejó. El Gobierno quiere ahora que la
        Audiencia Nacional vigile el cumplimiento de penas para terroristas. 
        L D (EFE) El Gobierno va a promover una reforma legislativa para crear un
        juzgado de Vigilancia Penitenciaria en la Audiencia Nacional, cuya misión
        sería unificar los criterios para el control del cumplimiento de las
        penas impuestas a terroristas, narcotraficantes y delincuentes del
        crimen organizado. Desde Libertad Digital se ha denunciado en
        muchas ocasiones el caso “Narco Volador” en el que una medida a
        favor del reo se tradujo en una fuga. Y aún no existía condena. En el
        caso citado, fue una ridícula fianza de cinco millones de pesetas la
        que se enfrentaba a una petición del fiscal de una multa de 70.000
        millones y una pena de 60 años de cárcel. Cabe recordar que la fuga de
        El Negro fue facilitada, entre otros, por el juez Carlos Cezón,
        antiguo juez, precisamente, de Vigilancia Penitenciaria. En el caso del
        etarra Gil Ostoaga la medida –tercer grado– alivia una condena de
        tres siglos de cárcel por delitos de sangre en actos terroristas. Tras
        ella, un asesino solo tendrá que ir a dormir a la cárcel. 
         
        La iniciativa de reforma fue anunciada este miércoles por los ministros
        de Justicia, José María Michavila, e Interior, Ángel Acebes, tras
        confirmar que el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao ha
        concedido el tercer grado al etarra Félix Ramón Gil Ostoaga a pesar
        del criterio en contra de la Fiscalía y la Administración
        Penitenciaria. 
         
        Acebes explicó que la reforma que prepara el Ejecutivo pretende
        constituir un único juzgado central de Vigilancia Penitenciaria en la
        Audiencia Nacional "para que haya un criterio único a la hora de
        aplicar el tercer grado" y evitar casos como el de este etarra. A
        su juicio, la implantación de un juzgado único de Vigilancia
        Penitenciaria para delitos de terrorismo "será una buena solución
        para aplicar un criterio homogéneo" al respecto, una opinión
        compartida por el ministro de Justicia, José María Michavila. 
         
        Acorde con la "especialización" de la Audiencia Nacional 
        La existencia de este nuevo juzgado no implicaría la desaparición
        de los juzgados de Vigilancia Penitenciaria que existen en todas las
        provincias, que mantendrían sus competencias para los presos implicados
        en delitos de los que no conoce la Audiencia Nacional. En los pasillos
        del Senado, Michavila aseguró que el Gobierno cree que esta medida es
        "muy razonable" y acorde con la especialización de la
        Audiencia en la instrucción y enjuiciamiento de delitos de terrorismo,
        narcotráfico y crimen organizado, por lo cual el juez de vigilancia se
        ocuparía de presos terroristas, narcotraficantes y delincuentes
        condenados por este tribunal. 
         
        Burlar la pena 
         
        La clave se centra en una reiterada demanda de la Audiencia Nacional:
        vigilar la ejecución de penas privativas de libertad sobre todo en los
        casos de mayor alarma social como el terrorismo y el narcotráfico. En
        el caso contrario se producen episodios que pueden suponer una burla a
        la labor de un juez, el que impuso la pena tras una condena, por otro
        juez que no es conocedor del caso o del recluso. Además, en el caso del
        etarra Gil Ostoaga, la decisión de conceder un tercer grado no cuenta
        con avales ya que los informes de la Fiscalía son contrarios. 
         
        El Gobierno espera tener lista en las próximas semanas la propuesta de
        reforma, que afectará a las leyes de Enjuiciamiento Criminal y
        Vigilancia Penitenciaria, a fin de que pueda ser tramitada y aprobada
        antes de que acabe el año. Ángel Acebes explicó que la modificación
        legal será negociada con la oposición, en el marco del Pacto de Estado
        para la Reforma de la Justicia, y aunque puede ser presentada a través
        de un proyecto de Ley del Gobierno, admitió la posibilidad de que se
        tramite mediante una iniciativa parlamentaria, a partir de una proposición
        de ley planteada en el Congreso por los grupos parlamentarios. 
         
        Recurso ante la Audiencia Provincial 
         
        Respecto al caso del etarra Gil Ostoaga, el ministro explicó que la
        concesión del tercer grado, a la que la Administración Penitenciaria
        se opuso con un "rotundo" informe, ha sido recurrida ante la
        Audiencia Provincial de Bilbao. En este sentido, confió en que esta
        instancia revoque la decisión, "como ya ha ocurrido en otras
        ocasiones" con ocasión de decisiones similares adoptadas respecto
        a miembros de ETA. 
         
        El Poder Judicial abre informaciones 
         
        El Consejo General del Poder Judicial decidió abrir una "información
        previa" sobre la decisión de la juez de vigilancia penitenciaria
        de Bilbao, Ruth Alonso. Según fuentes del órgano de gobierno de los
        jueces, el Consejo ha encargado al Servicio de Inspección que recabe
        todos los datos en relación con la concesión de la libertad
        condicional por parte de la juez a petición del interno, ya que
        Instituciones Penitenciarias mantuvo el pasado mes de abril el segundo
        grado (el ordinario).
        
         
          
        Un asesino que sólo
        dormirá en la cárcel aunque manifiesta su apoyo a ETA 
        La
        Fiscalía y la Administración Penitenciaria estaban en contra. El
        etarra Félix Ramón Gil Ostoaga está condenado a 300 años de cárcel
        por dos asesinatos consumados y otros cuatro frustrados pero el juzgado
        de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao, la juez Ruth Alonso, le ha
        concedido el tercer grado. De la condena sólo ha cumplido 13 años, un
        cuatro por ciento. 
        L D (EFE) Félix Ramón Gil Ostoaga, extraditado a España por Francia en
        enero de 1994, fue condenado al año siguiente por la Audiencia Nacional
        a 127 años de cárcel como autor de dos delitos de asesinato y cuatro
        asesinatos frustrados al atentar contra una patrulla policial. Según
        fuentes de Instituciones Penitenciarias, Gil Ostoaga sólo ha cumplido
        en Francia y España 13 de los 298 años, a los que fue condenado por
        varias acciones, y salió de la cárcel de Nanclares de Oca la pasada
        semana. 
         
        El ministro del Interior explicó que este etarra ha obtenido el tercer
        grado a pesar de que el criterio generalizado de los jueces de
        Vigilancia Penitenciaria es no conceder esta medida para los condenados
        por delitos de terrorismo, aunque hayan cumplido las tres cuartas partes
        de la condena. El ministro Acebes explicó que la concesión del tercer
        grado, a la que la Administración Penitenciaria se opuso con un
        "rotundo" informe, ha sido recurrida ante la Audiencia
        Provincial de Bilbao. 
         
        Seguía defendiendo a ETA 
         
        La Junta de Tratamiento de la cárcel de Nanclares de Oca mantuvo en
        abril el segundo grado (el ordinario) al etarra Félix Ramón Gil
        Ostoaga por, entre otros motivos, no haber cambiado su posición a favor
        de ETA. 
         
        Ante ello, el interno, que ya había cumplido las tres cuartas partes de
        la condena al hacerse el cómputo sólo sobre 30 años, remitió una
        queja a la jueza de Vigilancia Penitenciaria del País Vasco, Ruth
        Alonso, a quien solicitó el tercer grado y la libertad condicional.
        La jueza estimó la queja y el fiscal, dentro del plazo correspondiente
        de tres días, recurrió la decisión de la magistrada, pero ésta
        desestimó el recurso del Ministerio Público. 
         
        El pasado día 8 de este mes, la juez concedió el régimen abierto al
        preso y la libertad condicional y envió a Prisiones los documentos en
        los que tomaba esta decisión y desestimaba el recurso del fiscal,
        aunque no explicaba los motivos. Instituciones Penitenciarias consideró
        que Gil Ostoaga debía permanecer en segundo grado porque no había
        evolucionado en su posicionamiento ante el delito, es decir, que seguía
        manteniendo las tesis de ETA. Además, tenía en cuenta el historial del
        etarra -acusado de varios asesinatos y tentativas-, su participación en
        huelgas de hambre de presos de la banda terrorista y su no
        arrepentimiento. 
         
        Un cómputo favorable para el recluso 
         
        Gil Ostoaga fue condenado a 298 años de cárcel por el Código Penal
        antiguo, por lo que sólo debía cumplir un máximo de treinta años. El
        etarra cumplió en Francia cuatro años de cárcel y en 1994 fue
        extraditado a España, donde ha permanecido en diferentes prisiones
        hasta octubre de este año, entre ellas la de Córdoba y la de Nanclares
        de Oca, donde ingresó en febrero de 1999. 
         
        Estos trece años que ha pasado en la cárcel, sumados a los beneficios
        de la redención de pena durante todo ese tiempo que concedía el
        antiguo Código Penal, equivalen a las tres cuartas partes de la condena
        (30 años), por lo que podía acceder al tercer grado
        penitenciario.  
        
        
         
        Ruth Alonso,
        responsable de la escasa vigilancia penitenciaria en el País Vasco 
        La
        presión de ETA y de asociaciones de ayudas a presos etarras es
        determinante en el funcionamiento de los Juzgados vascos. La vigilancia
        penitenciaria, ejercida en el País Vasco por Ruth Alonso, ha puesto en
        la calle a muchos terroristas con delitos de sangre y penas de cárcel
        centenarias. La oposición de los fiscales sirve de poco. En 1999, una
        fiscal tuvo que irse de allí. Recurría demasiado las órdenes de
        Alonso y recibió amenazas. 
        (Libertad Digital) Ruth Alonso Cardona es la Juez de Vigilancia
        Penitenciaria de Bilbao. Es decir, tiene competencia para controlar la
        ejecución de penas privativas de libertad, muchas de ellas relativas a
        los delitos de terrorismo de ETA. En el año 1994 figuró en unas listas
        de posibles objetivos etarras. Era la época en la que también estaba
        amenazado el entonces Consejero de Interior vasco, Juan María Atutxa.
        Pero en el ejercicio de sus funciones, la juez Ruth Alonso ha concedido
        el tercer grado a muchos etarras, siempre con la negativa de fiscales y
        las críticas del Gobierno de turno. Tomás de la Quadra,
        ministro de Justicia en el Ejecutivo de González, criticó en 1992 a
        Ruth Alonso y puso sobre la mesa la necesidad de que los jueces de
        vigilancia pudieran conceder un régimen abierto a terroristas. Ya
        entonces, hace diez años, propuso la necesidad de reformas legales para
        evitarlo. Pero no se hizo. De hecho desde la oposición del PP se criticó
        que se hubiera indultado a “50 etarras en diez años y facilitado
        beneficios a otros cien”. Lo decía José Manuel Barquero, diputado
        del PP. 
         
        Que un etarra con varios asesinatos a sus espaldas y con penas
        centenarias pueda pasear por la calle hasta que llega la hora de dormir
        es una decisión que origina –más en el País Vasco– una alarma
        social indiscutible. Por las posibles represalias y por el evidente
        riesgo de fuga (más alto cuanto más grave es la condena). Son muchos
        los terroristas que se han beneficiado de la rebaja restrictiva gracias
        a la juez Ruth Alonso Cardona. 
         
        A la calle hasta la hora de dormir. Algunos ejemplos 
         
        El 25 de septiembre de 1998 permitió al entonces condenado Jon Idígoras
        que visitara a Joseba Martín, encarcelado. Se presentó recurso y la
        propia juez lo desestimó. Pero, más cerca de ETA, también ha habido
        muchas medidas. 
         
        En octubre de 1992, decidió conceder el tercer grado a los etarras
        Isidro Etxabe y Juan Antonio Urrutia, condenados por varios delitos de
        asesinato. En 1994, la medida benefició a José Ramón Bidaburu, con
        172 años de prisión. Ya entonces, el diario “El Correo” achacaba
        tanto tercer grado (ocho órdenes desde abril hasta julio de 1994) a
        “la reactivación que en los últimos meses ha sufrido el proceso de
        reinserción de etarras”. En 1995, le tocaba a José Miguel Latasa
        Guetaria, que sólo había cumplido seis de los quinientos años a los
        que estaba condenado por matar a seis personas, entre ellas Dolores González
        Catarain, “Yoyes”, dirigente de ETA que empezaba a estorbar a la
        banda. 
         
        Hay muchos más ejemplos que pueden sumarse al de Félix Ramón Gil
        Ostoaga, con trescientos años de condena. Todos ellos han sido
        recurridos. Pero el recurso ha de resolverlo la Audiencia Provincial más
        cercana a la prisión donde cumple la pena el recluso y, en el caso del
        País Vasco, la presión funciona perfectamente. Esto es lo que ahora se
        quiere evitar, centralizando en la Audiencia Nacional la Vigilancia
        Penitenciaria. 
         
        Una fiscal abandona, harta de recurrir y de recibir amenazas 
        Tanto es así, que los fiscales adscritos a los
        juzgados de Vigilancia Penitenciaria está hartos de recurrir y de
        elaborar informes contrarios a la reinserción de terroristas. Una
        fiscal, Mercedes Bujanda, decidió en febrero de 1999 abandonar
        el País vasco. Gestoras Pro Amnistía se dedicó a amenazarla por
        obstaculizar la labor de Ruth Alonso de conceder el tercer grado o la
        libertad condicional a presos de ETA. En poco más de un mes, Bujanda
        había recurrido más de cinco libertades condicionales en condenas por
        terrorismo y destrozos de los cachorros etarras. No tenía escolta.
        Balza llegó a criticarla. Le puso protección pero advirtió que “el
        riesgo que se estimaba no era muy objetivo”. La Fiscalía General del
        Estado emitió un comunicado en febrero de 1999 en el que se aseguraba
        que la fiscal había solicitado protección “en reiteradas ocasiones
        sin obtener la respuesta deseada”. 
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        23/10/02 
        FÉLIX
        RAMÓN GIL OSTOAGA 
        El
        Poder Judicial investigará la excarcelación de un etarra condenado a
        300 años de prisión 
        EFE
        
        
        
         
        MADRID.-
        El Consejo General del Poder Judicial
        decidió hoy abrir una "información previa" sobre la decisión
        de la juez de vigilancia penitenciaria de Bilbao, Ruth Alonso, de otorgar el tercer grado penitenciario al etarra Félix
        Ramón Gil Ostoaga. 
        
         
        Según
        fuentes del órgano de gobierno de los jueces, el Consejo ha encargado
        al Servicio de Inspección que recabe todos los datos en relación con
        la concesión de la libertad condicional por parte de la juez a petición
        del interno, ya que Instituciones Penitenciarias mantuvo el pasado mes
        de abril el segundo grado (el ordinario). 
        
         
        La
        actuación del Consejo se produce a iniciativa de la presidencia del
        CGPJ tras las informaciones aparecidas en los medios de comunicación
        sobre esta decisión de la juez de vigilancia penitenciaria vasca. 
        
         
        Alegó que ya ha cumplido tres cuartas partes de la condena
        
        
         
        La
        Junta de Tratamiento de la cárcel de Nanclares de Oca mantuvo en abril
        el segundo grado (el ordinario) al etarra por, entre otros motivos, no
        haber cambiado su posición a favor de ETA, aunque la juez le concedió
        este mes la libertad condicional tras estimar la queja del interno, que
        alegó que ya había cumplido las tres cuartas partes de la condena. 
        
         
        La
        juez estimó la queja y el fiscal, dentro del plazo correspondiente de
        tres días, recurrió la decisión de la magistrada, pero ésta desestimó
        el recurso del Ministerio Público. 
        
         
        Una juez con 'antecedentes' 
        
         
        Ruth
        Alonso ya ha otorgado otros beneficios penitenciarios similares a
        miembros de ETA, algunos de ellos críticos con las tesis de la banda
        terrorista, como el expulsado de la organización José Miguel Latasa
        Getaria, a quien le concedió el tercer grado en marzo de 1996. 
        
         
        Además, en septiembre de 1994 la jueza otorgó el
        tercer grado al ex agente de la Ertzaintza y condenado por colaborar con
        ETA, aunque luego fue expulsado de la banda, José Miguel Sueskun Sanz,
        y en julio de ese mismo año al etarra José Ramón Bidaburu, condenado
        a más de 172 años de cárcel y también expulsado por la banda.
          
        FÉLIX
        RAMÓN GIL OSTOAGA 
        Condenado
        por el asesinato del alcalde de Olaberria y cuatro guardia civiles 
        EUROPA
        PRESS
        
         
        MADRID.-
        El etarra Félix Ramón Gil Ostoaga,
        alias 'Saldi', que la jueza de vigilancia Penitenciaria de Bilbao, Ruth
        Alonso, concedió el tercer grado el pasado día 8, fue detenido en la localidad francesa de Ciboure el 24 de
        octubre de 1989. 
        
         
        El
        terrorista cumplió cuatro años de prisión en Francia hasta que fue
        extraditado a España el 20 de enero de 1994 donde tenía abiertas seis
        causas en la Audiencia Nacional, la primera por el asesinato en 1979 del
        alcalde de Olaberría, José Antonio Vivot Undabarrena. 
        
         
        Gil
        Ostoaga fue condenado a 38 años de cárcel en diciembre de 1994 por su
        participación como integrante del "comando Urola" de ETA en
        el asesinato del alcalde de Olaberria, José Antonio Vivot Undabarrena,
        ocurrido el 6 de febrero de 1979. 
        
         
        Asesinato de un alcalde 
        
         
        Según
        la sentencia, a las 9.30 horas de ese día, Gil Ostoaga y Mercedes Galdós
        Arsuaga, cubriendo las cabezas con capuchas, llamaron a la puerta del
        domicilio del alcalde. Los dos terroristas irrumperon en el domicilio y,
        tras arrancar el cable telefónico y amenazar con pistolas al resto de
        la familia, se llevaron a José Vivot. 
        
         
        Cuando
        llegaron al portal, ambos terroristas dispararon el unísono sobre el
        alcalde, que falleció de forma casi instantánea. 
        
         
        Otra
        causa por la que Gil Ostolaga fue juzgado y condenado es la relativa al
        atentado en diciembre de 1979 contra una patrulla de la Guardia Civil
        cometido en la carretera que enlaza Azpeitia con Azcoitia mediante la
        colocación de dos artefactos explosivos. A consecuencia de la
        deflagración de la carga accionada por el terorista conun pulsador
        falleció el guardia Francisco Gómerz Jiménez y sufrió lesiones su
        compañero Juan Muñiz Sánchez. 
        
         
        Atentado contra un convoy de la Guardia Civil
        
        
         
        Además,
        los etarras colocaron una bomba trampa enterrada en el lugar del
        atentado contra el convoy de la Benemérita que se activó por la presión
        cuando efectivos de desactivación de explosivos del Instituto Armado
        inspeccionaban la zona, y causó la muerte a los guardias Miguel García
        Payo y Francisco Mota Calvo. 
        
         
        Asimismo,
        en noviembre de 1978, junto con otros miembros del comando, el etarra
        Gil Ostoaga participó en la colocación de un artefacto explosivo en
        una carretara próxima a la localidad de Zumárraga que fue accionado al
        paso de dos vehículos de la Guardia Civil, el segundo de los cuales fue
        alcanzado de lleno causando la muerte del cabo José Rodríguez de Lama
        y el guardia Lucio Revilla Alonso, además de lesiones graves al agente
        Francisco Córdoba Ramos.
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