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Título: Re: A PROPÓSITO DE LO QUE DECÍA GARZÓN Fecha: 27/12/02
Autor: Laura Gorostiza Hora: 21,08

 

Examinado el mensaje anterior, me gustaría incidir en
dos cuestiones planteadas, como es la legislación
antiterrorista y la política penitenciaria de
dispersión de los presos pertenecientes a ETA.

En relación con la legislación antiterrorista, creo
sinceramente que como toda legislación debe ser
susceptible de modificaciones siempre y cuando sea
eficaz en su objeto como es la lucha contra el
terrorismo, por lo que cualquier variación debe tener
esa misión. La actual está siendo muy eficaz, y ello
es así porque a los terroristas no les gusta, ya que
no les permite la consecución de sus objetivos. No es
necesario explicar que el delito de terrorismo tiene
una complejidad que requiere unas disposiciones
legales específicas para su erradicación.
En relación a los términos tortura y vulneración de
derechos fundamentales, invito a quien califique la
legislación antiterrorista vigente como tal que lo
pruebe, aunque el opinar es libre.

En relación con la política penitenciaria de
dispersión de los presos de ETA, únicamente decir que
es un instrumento establecido para que la pena
impuesta por la comisión de un delito cumpla la
función que exige la Consitución Española, en su
artículo 25, que no es otra que la reinserción social
del terrorista, ya que el alejamiento del País Vasco
permite que el terrorista pueda aprovechar los
instrumentos de reeducación que contempla la
legislación penitenciaria española. Aunque en este
tema si creo necesario que se deben plantear
importantes reformas tendentes a que se supedite la
concesión de cualquier beneficio penitenciario al
abandono de su pertenencia a ETA, ya que el terrorista
sigue perteneciendo a la banda asesina mientras cumple
condena, y se comporta como un miembro de esa banda
mientras está en prisión, cumpliendo las consignas que
recibe a través de los abogados etarras, siendo
partidario de que el terrorista que no abandone su
pertenenecia a ETA cumpla integramente los 30 años de
prisión, que es el límite máximo admitido por la
legislación penal.

Un saludo

Laura Gorostiza


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