DIARIO
ABC (08 de septiembre de 2003)
El
documento de estrategia del Plan Ibarretxe confirma que carece de cobertura
legal
ABC
Reconocen que el «Estatuto político de
libre asociación» pasa por la «modificación de las bases mismas de la
convivencia»
MADRID.
En paralelo al texto articulado sobre el que el PNV planea sentar las bases de
su proyecto secesionista cincelado en forma de «comunidad libre asociada de
Euskadi», los asesores del lendakari, Juan José Ibarretxe, le remitieron el
pasado 30 de mayo un documento en el que advierten de las dificultades técnico-jurídicas
-incluso de riesgo político- que entraña su aventura. Este nuevo documento,
que hoy descubre ABC, no viene sino a complementar el texto articulado del «Plan
Ibarretxe» que este periódico desveló el 23 de julio, aunque a tenor de lo
que se deduce de él, sus autores desconocían que otro equipo de asesores del
lendakari estaba redactando a la vez, y al margen de ellos, el borrador del «Estatuto
político de la Comunidad libre asociada de Euskadi».
Golpe de mano parlamentario
Y
si de un lado este documento rezuma serias advertencias sobre las dificultades
legales, políticas y sociales que entraña la formulación del proyecto
secesionista, de otro sus autores parecen esforzarse en apuntar voluntariosas
soluciones para sacar adelante en la Cámara vasca las medidas que permitan el
desarrollo de una propuesta que, de facto, viene a superar los límites del
Estatuto de autonomía. Voluntariosas soluciones que, leídas entre líneas, no
dejan de suponer un golpe de mano parlamentario tendente a justificar, con
artificios aparentemente legales, la ilegalidad del proceso.
Se
trata, en definitiva, de una amalgama analítica de iniciativas que posibiliten
la tramitación parlamentaria del texto articulado promovido por Ibarretxe,
tratando de salvar los escollos que condicionan las aspiraciones de los
nacionalistas dado el juego de mayorías y minorías primero en la Cámara vasca
y, luego, en las Cortes.
No
en vano, los asesores de Ibarretxe ya alertan en la introducción de su informe
de que «no son pocos los problemas jurídicos y políticos que plantea la
cuestión» ya que, de un lado, el procedimiento para su tramitación depende de
la calificación final de la propuesta secesionista -es decir, de su textualidad-,
y de otro, depende de la composición de la Mesa del Parlamento vasco y del
Congreso de los Diputados, órganos llamados a pronunciarse sobre el texto de
Ibarretxe.
Como
primera providencia, los expertos sostienen que el «cauce formal» para la
introducción del «Estatuto político de libre asociación» en el ordenamiento
es una reforma del Estatuto de autonomía que -según reparan- pasa por la «modificación
de las bases mismas de la convivencia». Y para ello no deja de ser
imprescindible «un proceso de formación del consenso político y social sobre
su necesidad y contenido», esto es, atraerse hacia sí el favor de la ciudadanía
para la causa secesionista. En esta necesidad de «formación del consenso político
y social» insisten los asesores de Ibarretxe tanto como en el temor a las
filtraciones que puedan producirse a la Prensa.
Cómo abrir un proceso que no existe
Una
vez que esa fase sea superada -si lo fuera- y el debate quede «orientado», los
expertos apuntan el riesgo de que el «clima político» no sea el adecuado para
la «labor de creación de un acuerdo básico». «Si la duda prende en algunos
sectores sociales -pronostican- y alcanza a un porcentaje estimable de la
ciudadanía, la propuesta difícilmente saldrá adelante».
Quizá
de ahí pueda devenir la ralentización en los plazos inicialmente previstos por
Ibarretxe para la formulación pública de su propuesta toda vez que, a los
efectivos problemas técnico-jurídicos advertidos por sus propios expertos, se
unen tanto el proceso de renovación interna en que se sumergirá el PNV durante
los próximos meses como el malestar creado en sus socios de Eusko Alkartasuna e
IU por quedar marginados en la planificación de la «comunidad libre asociada».
Pero
más allá de los apuntes socio-políticos, el informe se afana por construir
jurídicamente el andamiaje que permita, al menos, debatir el proyecto
secesionista en la Cámara autonómica. ¿Dónde observan el principal problema?
Precisamente en que para reformar el Estatuto de autonomía ni éste ni el
Reglamento del Parlamento vasco regulan qué proceso ha de seguirse, y bajo qué
condiciones. De hecho, no existe un procedimiento parlamentario que lo
determine.
Por
ello -y ajenos a que otro grupo trabajaba en paralelo a ellos sin su
conocimiento- sugieren a Ibarretxe, en primer lugar, la creación de un «comité
de sabios» o, en su caso, de una «convención» para elaborar un texto
articulado del proyecto secesionista. Después, entran en el fondo de las «lagunas»
jurídicas y de procedimiento analizando dos opciones. La primera, «el cauce
ordinario y normal», sería una reforma del Estatuto de la Cámara, algo que no
recomiendan y contemplan como «imposible» al necesitar los nacionalistas una
mayoría absoluta que ahora mismo no tienen y en la que la oposición podría
ejercer una suerte de «derecho de veto».
La
segunda, por la que apuestan, sería recurrir al subterfugio de una «resolución
general de la Presidencia de la Cámara» con la que «puentear» ese cauce
habitual. En este caso, sería suficiente el parecer favorable de la Mesa de la
Cámara y de la Junta de Portavoces y sólo sería indispensable para que la
resolución prosperara el apoyo o abstención de uno de los tres grupos de la
oposición, el PP, el PSOE o Sozialista Abertzaleak, grupo éste cuya disolución
ordenada por el Tribunal Supremo se resisten a obedecer los nacionalistas. Aún
así, los expertos advierten a Ibarretxe de que «la facilidad para sacar
adelante una resolución es por tanto relativa».
«Dura prueba»
Finalmente,
y de salvar esta «dura prueba», los juristas advierten de las dificultades que
cada fase del procedimiento (ver en páginas posteriores el texto íntegro del
informe) presentan para la calificación de la propuesta por la Mesa, el debate
en Comisión y en Pleno, así como su posterior, e hipotética, tramitación en
las Cortes Generales. Y tras admitir que es una iniciativa que «materialmente
afecta al texto constitucional», concluyen taxativamente que el Congreso podría
paralizar «desde el primer momento» la tramitación de la propuesta sin
necesidad de que el Pleno desautorice al Parlamento vasco y antes de cualquier
referéndum.
«Ni el
Reglamento ni el Estatuto prevén los trámites para acometer la reforma»
A continuación, un resumen de las ideas básicas
contenidas en el estudio encargado por Ibarretxe sobre los trámites que habrá
de seguir su proyecto secesionista
Problemas
jurídicos y políticos. Se advierte de la existencia de problemas de índole
jurídico y político para sacar adelante la propuesta secesionista. De un lado,
está por determinar el procedimiento al que el articulado deberá ser sometido
para su aprobación y, de otro, preocupan los escollos que puedan encontrarse en
las instituciones que habrán de examinar y votar el proyecto, como son el
Parlamento vasco y el Congreso de los Diputados.
Consenso
social. Recomienda conseguir el apoyo de amplios sectores sociales, que
compartan con los responsables políticos la necesidad de acometer la reforma
del Estatuto, pues contribuiría a darle legitimidad democrática. En cada fase
deben contrastarse los apoyos para saber si es posible seguir o no adelante.
Una
propuesta clara y concreta. Deben evitarse las dudas en la ciudadanía pues, de
lo contrario, la propuesta no saldría adelante. El Gobierno autonómico y sus
aliados políticos (PNV/EA e IU) tienen que llegar a un acuerdo y, a partir del
mismo, el lendakari deberá dar cuenta ante la Cámara de la marcha de los
trabajos, de sus puntos esenciales y del calendario previsto.
Comité
de sabios o convención. La participación de cuatro o cinco juristas de
reconocido prestigio y talante abierto daría credibilidad al proceso de reforma
y neutralizaría, dice el documento, «las críticas simplistas de algunos
grupos y medios de comunicación». Se reconoce que la elección de esos «sabios»
es delicada pues deben ser personas «receptivas» a la propuesta y estar
dispuestas a aceptar un encargo comprometido y arriesgado por la hostilidad que
despierta la reforma secesionista en un amplio sector de la sociedad. Se
advierte del riesgo de filtraciones a los medios de comunicación si se amplía
el círculo de personas conocedoras del proyecto. La segunda opción -constitución
de una convención- serviría para alcanzar acuerdos entre las diferentes
sensibilidades y, en última instancia, el consenso, pero conllevaría asumir el
riesgo de un posible fracaso. Además, sería difícil «acertar» en la selección
de los miembros.
Lagunas
legales. Ni el Estatuto actual ni el Reglamento de la Cámara vasca establecen
el procedimiento parlamentario que debe seguirse. El problema no es sólo de índole
técnica, sino también política, pues la aprobación de las normas de
procedimiento pasa porque la oposición al Gobierno vasco no vote en bloque.
La
vía más fácil. El documento propone dos procedimientos alternativos: la
reforma del Reglamento, muy complicada porque requiere el respaldo de la mayoría
absoluta de la Cámara autonómica; o una Resolución de la Presidencia, para la
que se necesita el parecer favorable de la Mesa y de la Junta de Portavoces.
Descartada la primera opción, sobre la segunda, «ciertamente más rápida y más
sencilla», advierte que se necesita la abstención de al menos un Grupo de la
oposición.
El
procedimiento en la Cámara vasca. En este capítulo, el documento expone en
orden cuáles serían los pasos. Recibida la propuesta, la Mesa del Parlamento
vasco debe comprobar que se trata de una iniciativa para reformar el Estatuto y
que cumple los requisitos previamente determinados en la Resolución de la
Presidencia. La Mesa, se dice, no debe hacer en este trámite valoraciones sobre
la constitucionalidad de la iniciativa. De la Mesa, pasa a la Comisión
correspondiente, donde se apunta el más que probable rechazo por parte de los
partidos de la oposición. Si logra superarse el trámite de la Comisión, la
propuesta podría finalmente ser debatida por el Pleno, donde para su aprobación
necesitaría de mayoría absoluta.
Tramitación en las Cortes Generales. Si el texto de la propuesta fuera aprobada por el Parlamento vasco, el paso siguiente sería el Congreso de los Diputados y el trámite, el establecido en el artículo 151 de la Constitución así como en los artículos 137 a 145 del Reglamento de la Cámara Baja y en el 143 del Senado. Una delegación del Parlamento vasco negociará el texto con la ponencia designada por la Comisión Constitucional del Congreso. Si se llega a un acuerdo, el texto se someterá a referéndum del cuerpo electoral de las provincias afectadas por la reforma; en caso contrario, se tramitaría como proyecto de ley ante las Cortes y el texto resultante sería sometido a referéndum. Se advierte que el Congreso, por la vía de la enmienda, podría paralizar la propuesta antes de celebrarse el referéndum.