DIARIO ABC (08 de septiembre de 2003)  

 

El documento de estrategia del Plan Ibarretxe confirma que carece de cobertura legal

ABC

Reconocen que el «Estatuto político de libre asociación» pasa por la «modificación de las bases mismas de la convivencia»

MADRID. En paralelo al texto articulado sobre el que el PNV planea sentar las bases de su proyecto secesionista cincelado en forma de «comunidad libre asociada de Euskadi», los asesores del lendakari, Juan José Ibarretxe, le remitieron el pasado 30 de mayo un documento en el que advierten de las dificultades técnico-jurídicas -incluso de riesgo político- que entraña su aventura. Este nuevo documento, que hoy descubre ABC, no viene sino a complementar el texto articulado del «Plan Ibarretxe» que este periódico desveló el 23 de julio, aunque a tenor de lo que se deduce de él, sus autores desconocían que otro equipo de asesores del lendakari estaba redactando a la vez, y al margen de ellos, el borrador del «Estatuto político de la Comunidad libre asociada de Euskadi».

El nuevo texto se titula «Notas sobre el proceso de preparación y presentación ante el Parlamento y sobre el procedimiento de tramitación en el mismo del texto normativo mediante el que se establezca el contenido jurídico del status de libre asociación entre Euskadi y el Estado».

Golpe de mano parlamentario

Y si de un lado este documento rezuma serias advertencias sobre las dificultades legales, políticas y sociales que entraña la formulación del proyecto secesionista, de otro sus autores parecen esforzarse en apuntar voluntariosas soluciones para sacar adelante en la Cámara vasca las medidas que permitan el desarrollo de una propuesta que, de facto, viene a superar los límites del Estatuto de autonomía. Voluntariosas soluciones que, leídas entre líneas, no dejan de suponer un golpe de mano parlamentario tendente a justificar, con artificios aparentemente legales, la ilegalidad del proceso.

Se trata, en definitiva, de una amalgama analítica de iniciativas que posibiliten la tramitación parlamentaria del texto articulado promovido por Ibarretxe, tratando de salvar los escollos que condicionan las aspiraciones de los nacionalistas dado el juego de mayorías y minorías primero en la Cámara vasca y, luego, en las Cortes.

No en vano, los asesores de Ibarretxe ya alertan en la introducción de su informe de que «no son pocos los problemas jurídicos y políticos que plantea la cuestión» ya que, de un lado, el procedimiento para su tramitación depende de la calificación final de la propuesta secesionista -es decir, de su textualidad-, y de otro, depende de la composición de la Mesa del Parlamento vasco y del Congreso de los Diputados, órganos llamados a pronunciarse sobre el texto de Ibarretxe.

Como primera providencia, los expertos sostienen que el «cauce formal» para la introducción del «Estatuto político de libre asociación» en el ordenamiento es una reforma del Estatuto de autonomía que -según reparan- pasa por la «modificación de las bases mismas de la convivencia». Y para ello no deja de ser imprescindible «un proceso de formación del consenso político y social sobre su necesidad y contenido», esto es, atraerse hacia sí el favor de la ciudadanía para la causa secesionista. En esta necesidad de «formación del consenso político y social» insisten los asesores de Ibarretxe tanto como en el temor a las filtraciones que puedan producirse a la Prensa.

Cómo abrir un proceso que no existe

Una vez que esa fase sea superada -si lo fuera- y el debate quede «orientado», los expertos apuntan el riesgo de que el «clima político» no sea el adecuado para la «labor de creación de un acuerdo básico». «Si la duda prende en algunos sectores sociales -pronostican- y alcanza a un porcentaje estimable de la ciudadanía, la propuesta difícilmente saldrá adelante».

Quizá de ahí pueda devenir la ralentización en los plazos inicialmente previstos por Ibarretxe para la formulación pública de su propuesta toda vez que, a los efectivos problemas técnico-jurídicos advertidos por sus propios expertos, se unen tanto el proceso de renovación interna en que se sumergirá el PNV durante los próximos meses como el malestar creado en sus socios de Eusko Alkartasuna e IU por quedar marginados en la planificación de la «comunidad libre asociada».

Pero más allá de los apuntes socio-políticos, el informe se afana por construir jurídicamente el andamiaje que permita, al menos, debatir el proyecto secesionista en la Cámara autonómica. ¿Dónde observan el principal problema? Precisamente en que para reformar el Estatuto de autonomía ni éste ni el Reglamento del Parlamento vasco regulan qué proceso ha de seguirse, y bajo qué condiciones. De hecho, no existe un procedimiento parlamentario que lo determine.

Por ello -y ajenos a que otro grupo trabajaba en paralelo a ellos sin su conocimiento- sugieren a Ibarretxe, en primer lugar, la creación de un «comité de sabios» o, en su caso, de una «convención» para elaborar un texto articulado del proyecto secesionista. Después, entran en el fondo de las «lagunas» jurídicas y de procedimiento analizando dos opciones. La primera, «el cauce ordinario y normal», sería una reforma del Estatuto de la Cámara, algo que no recomiendan y contemplan como «imposible» al necesitar los nacionalistas una mayoría absoluta que ahora mismo no tienen y en la que la oposición podría ejercer una suerte de «derecho de veto».

La segunda, por la que apuestan, sería recurrir al subterfugio de una «resolución general de la Presidencia de la Cámara» con la que «puentear» ese cauce habitual. En este caso, sería suficiente el parecer favorable de la Mesa de la Cámara y de la Junta de Portavoces y sólo sería indispensable para que la resolución prosperara el apoyo o abstención de uno de los tres grupos de la oposición, el PP, el PSOE o Sozialista Abertzaleak, grupo éste cuya disolución ordenada por el Tribunal Supremo se resisten a obedecer los nacionalistas. Aún así, los expertos advierten a Ibarretxe de que «la facilidad para sacar adelante una resolución es por tanto relativa».

«Dura prueba»

Finalmente, y de salvar esta «dura prueba», los juristas advierten de las dificultades que cada fase del procedimiento (ver en páginas posteriores el texto íntegro del informe) presentan para la calificación de la propuesta por la Mesa, el debate en Comisión y en Pleno, así como su posterior, e hipotética, tramitación en las Cortes Generales. Y tras admitir que es una iniciativa que «materialmente afecta al texto constitucional», concluyen taxativamente que el Congreso podría paralizar «desde el primer momento» la tramitación de la propuesta sin necesidad de que el Pleno desautorice al Parlamento vasco y antes de cualquier referéndum.

 

«Ni el Reglamento ni el Estatuto prevén los trámites para acometer la reforma»

A continuación, un resumen de las ideas básicas contenidas en el estudio encargado por Ibarretxe sobre los trámites que habrá de seguir su proyecto secesionista

Problemas jurídicos y políticos. Se advierte de la existencia de problemas de índole jurídico y político para sacar adelante la propuesta secesionista. De un lado, está por determinar el procedimiento al que el articulado deberá ser sometido para su aprobación y, de otro, preocupan los escollos que puedan encontrarse en las instituciones que habrán de examinar y votar el proyecto, como son el Parlamento vasco y el Congreso de los Diputados.

Consenso social. Recomienda conseguir el apoyo de amplios sectores sociales, que compartan con los responsables políticos la necesidad de acometer la reforma del Estatuto, pues contribuiría a darle legitimidad democrática. En cada fase deben contrastarse los apoyos para saber si es posible seguir o no adelante.

Una propuesta clara y concreta. Deben evitarse las dudas en la ciudadanía pues, de lo contrario, la propuesta no saldría adelante. El Gobierno autonómico y sus aliados políticos (PNV/EA e IU) tienen que llegar a un acuerdo y, a partir del mismo, el lendakari deberá dar cuenta ante la Cámara de la marcha de los trabajos, de sus puntos esenciales y del calendario previsto.

Comité de sabios o convención. La participación de cuatro o cinco juristas de reconocido prestigio y talante abierto daría credibilidad al proceso de reforma y neutralizaría, dice el documento, «las críticas simplistas de algunos grupos y medios de comunicación». Se reconoce que la elección de esos «sabios» es delicada pues deben ser personas «receptivas» a la propuesta y estar dispuestas a aceptar un encargo comprometido y arriesgado por la hostilidad que despierta la reforma secesionista en un amplio sector de la sociedad. Se advierte del riesgo de filtraciones a los medios de comunicación si se amplía el círculo de personas conocedoras del proyecto. La segunda opción -constitución de una convención- serviría para alcanzar acuerdos entre las diferentes sensibilidades y, en última instancia, el consenso, pero conllevaría asumir el riesgo de un posible fracaso. Además, sería difícil «acertar» en la selección de los miembros.

Lagunas legales. Ni el Estatuto actual ni el Reglamento de la Cámara vasca establecen el procedimiento parlamentario que debe seguirse. El problema no es sólo de índole técnica, sino también política, pues la aprobación de las normas de procedimiento pasa porque la oposición al Gobierno vasco no vote en bloque.

La vía más fácil. El documento propone dos procedimientos alternativos: la reforma del Reglamento, muy complicada porque requiere el respaldo de la mayoría absoluta de la Cámara autonómica; o una Resolución de la Presidencia, para la que se necesita el parecer favorable de la Mesa y de la Junta de Portavoces. Descartada la primera opción, sobre la segunda, «ciertamente más rápida y más sencilla», advierte que se necesita la abstención de al menos un Grupo de la oposición.

El procedimiento en la Cámara vasca. En este capítulo, el documento expone en orden cuáles serían los pasos. Recibida la propuesta, la Mesa del Parlamento vasco debe comprobar que se trata de una iniciativa para reformar el Estatuto y que cumple los requisitos previamente determinados en la Resolución de la Presidencia. La Mesa, se dice, no debe hacer en este trámite valoraciones sobre la constitucionalidad de la iniciativa. De la Mesa, pasa a la Comisión correspondiente, donde se apunta el más que probable rechazo por parte de los partidos de la oposición. Si logra superarse el trámite de la Comisión, la propuesta podría finalmente ser debatida por el Pleno, donde para su aprobación necesitaría de mayoría absoluta.

Tramitación en las Cortes Generales. Si el texto de la propuesta fuera aprobada por el Parlamento vasco, el paso siguiente sería el Congreso de los Diputados y el trámite, el establecido en el artículo 151 de la Constitución así como en los artículos 137 a 145 del Reglamento de la Cámara Baja y en el 143 del Senado. Una delegación del Parlamento vasco negociará el texto con la ponencia designada por la Comisión Constitucional del Congreso. Si se llega a un acuerdo, el texto se someterá a referéndum del cuerpo electoral de las provincias afectadas por la reforma; en caso contrario, se tramitaría como proyecto de ley ante las Cortes y el texto resultante sería sometido a referéndum. Se advierte que el Congreso, por la vía de la enmienda, podría paralizar la propuesta antes de celebrarse el referéndum.